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BeatrizSA el 26/03/2010 - 22:26 nos informa: Un bando municipal obliga a inscribir a perros y gatos en el censo Popularidad: lecturas 1532 y comentarios 11 Un bando municipal de Sevilla la Nueva obliga a incribir en un censo de animales caninos y felinos, y además a adquirir una licencia por tenencia de animales potencialmente peligrosos La aplicación de la ley 1/2000 de Protección de Animales Domésticos obliga al censo de estos animales en el Ayuntamiento donde habitualmente viva el anima. Con este motivo, el Ayuntamiento de Sevilla la Nueva creo, mediante Decretos de Alcaldía de fecha 5 de abril de 2002 y fecha 10 de marzo de 2006 el “Censo Municipal de Animales de compañía de la Especie Canina” y el “Censo Municipal de Animales Compañía de la Especie Felina”. Por otro lado y, según lo dispuesto en Real Decreto sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos “la tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos requerirá la previa obtención de una licencia administrativa, que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante” Todos estos aspectos se encuentran desarrollados en la Ordenanza Reguladora de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, publicada en BOCM de 11/08/2008, así como en la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por censo canino y felino, expedición de licencia administrativa para la tenencia y prestación del servicio de recogida, alojamiento, manutención y entrega o sacrificio de perros abandonados. El incumpliendo de las obligaciones señaladas anteriormente llevarán aparejadas las siguientes infracciones y sanciones redactas por las propias leyes citadas: - La Posesión de perros no censados o no registrados, será infracción leve (multas de 30,05 a 300,50 Euros) - La reincidencia de esta falta leve acarreará una infracción grave (multas de 300,51 a 1502,53 Euros). -Tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia es constitutiva de una infracción muy grave (multas de 2.404,05 a 15.025,30 Euros). Por todo lo expuesto y dado que este Ayuntamiento ha tenido conocimiento del incumplimiento de estas obligaciones por parte de gran parte de los propietarios de animales domésticos, se ha solicitado por parte del ente municipal que se procedan a regular su situación en el menor plazo posible.
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Yo no encontraba la tarifa en la web del ayuntamiento. Muchas gracias. Antonio_67 el 31/03/2010 - 13:57 nos informa: Pues igual por eso no la publicaron, te presentas a censar a tu perro y te cobran lo que no esperabas. Maria Santos el 31/03/2010 - 20:03 nos informa: Como dice Invitado, "pa la saca". Mi perra tiene su chip, está registrada correctamente, vacunada y desparasitada periódicamente. No está en la categoría de peligrosos, pero tengo un seguro. A pesar de todo, no tengo nigún inconveniente (salvo los horarios de oficina) en ir a censarla al Ayuntamiento. Pero me parece el colmo que cobren por un registro. Lo que tienen que hacer es multar a los dueños que no limpian los excrementos, no recaudar por la vía rápida. Ana SLN el 05/04/2010 - 01:38 nos informa: Apoyo tu iniciativa María que multen a los dueños por no limpiar los excrementos y así recaudan a la vez que educan a los dueños. Invitado el 27/04/2010 - 23:39 nos informa: Bueno, pues sí o sí........si quieres vacunar a tus animales tienes que llevar el justificante de que lo has censado, que me parece bien peroooooo 1. Como ya han dicho... si tienen su chip y su registro, censarlos en el ayuntamiento....¿pa que? 2. Cobrar 9€ por censarlo ¿no es muy caro? 3. Mi perro esta descensado, ¿quién lo censará?, el censador que lo cense....9 euros pillará. P.D. Si nos ocupasemos de las cosas realmente importantes, nos iria mejor a todos. Página 1 de 1
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